jueves, 20 de mayo de 2021

EL CONTRATO Y SUS ELEMENTOS DE EXISTENCIA Y VALIDEZ

El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico. Es una de las fuentes de obligaciones y produce efectos obligatorios para todas las partes. Elementos De Los Contratos A) Elementos esenciales a la existencia del contrato Artículo 1141 del Código Civil: “Las condiciones requeridas para la existencia del contrato son: 1ª Consentimiento de las partes. 2ª Objeto que pueda ser materia del contrato. 3ª Causa lícita”. B) Elementos esenciales a la validez del contrato Artículo 1142 del Código Civil: “El contrato puede ser anulado: 1º-Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas, y 2º-Por vicios del consentimiento”.
Bases legales: Artículos 1141 y 1142 C.C.V ¿Has celebrado algún contrato actualmente? ¿Verificaste los requisitos de existencia y validez?

¿Sabes qué es el Contrato de Comodato?

El comodato o préstamo de uso, es un contrato por el cual una de las partes (Comodante) entrega a la otra (Comodatario) gratuitamente una cosa para que se sirva de ella, por tiempo o para uso determinados, con el deber de restituir la misma cosa. Puede darse en comodato cualquier cosa mueble e inmueble, el objeto de este contrato lo constituyen los bienes no fungibles que son aquéllos que no pueden ser sustituidos por otros de la misma especie, calidad y cantidad. El comodatario debe cuidar la cosa dada en préstamo como un buen padre de familia, y no debe servirse de ella sino para el uso determinado por la convención. ¿Cuándo deber ser devuelta la cosas dada en Comodato? 1.Al expirar del término convenido. 2.Al haberse hecho uso de cosa conforme a lo previsto en el contrato. 3.O en cualquier momento, cuando la duración del comodato no haya sido fijada en el contrato y no pueda serlo según su objeto. Si quieres saber mas sobre el contrato de comodato dejanos tu comentario o escríbeme al DM y con gusto le respondere. Si esta información ha sido de utilidad no olvides: Comentar!Compartir! Saludos. Abg.Linda Reyes

TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Y TIPOS DE DESPIDO

La relación de trabajo puede terminar por despido, retiro, voluntad común de las partes o causa ajena a la voluntad de ambas. El despido es la manifestación de voluntad unilateral del patrono de poner fin a la relación de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores. La legislación laboral reconoce dos (2) Clases de despido: 1. Justificado, cuando el trabajador ha incurrido en una causa prevista en el articulo 79 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). 2. No justificado, cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa legal que lo justifique. La LOTTT establece la garantía de estabilidad en el trabajo y la limitación de toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a dicha Ley son nulos. Base legal: Artículos 76 y 77 de la LOTTT

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