Derecho Civil- Derecho Mercantil-Derecho Laboral-Derecho Penal-Registros-Notarías-Leyes-Gacetas Oficiales
jueves, 20 de mayo de 2021
TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Y TIPOS DE DESPIDO
La relación de trabajo puede terminar por despido, retiro, voluntad común de las partes o causa ajena a la voluntad de ambas.
El despido es la manifestación de voluntad unilateral del patrono de poner fin a la relación de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores.
La legislación laboral reconoce dos (2) Clases de despido:
1. Justificado, cuando el trabajador ha incurrido en una causa prevista en el articulo 79 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT).
2. No justificado, cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa legal que lo justifique.
La LOTTT establece la garantía de estabilidad en el trabajo y la limitación de toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a dicha Ley son nulos.
Base legal: Artículos 76 y 77 de la LOTTT
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Destacado
EL CONTRATO Y SUS ELEMENTOS DE EXISTENCIA Y VALIDEZ
El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jur...

No hay comentarios:
Publicar un comentario